RD 840/2015 y RD 1169/2003
de Protección Civil
Damos servicio a nuestros clientes para el cumplimiento de los preceptos legales prescritos en el RD 840/2015 y RD 1169/2003 de Protección Civil, enmarcados en la Normativa Seveso de accidentes graves que tiene como principal obligación conocer el riesgo que puede generar su actividad en caso de accidente o desviación del proceso normal.
De acuerdo con esta normativa y en función de si el establecimiento se encuentra encuadrado en el Nivel Inferior o el Nivel Superior, nos ocupamos de asesorar a nuestros clientes para adaptar sus establecimientos a su cumplimiento así como de la preparación y tramitación de la documentación requerida:
Notificación
Documento previo en el que se declara a la administración la información básica sobre el establecimiento:
- Datos de las sustancias: número CAS y número ONU
- Clasificación de los productos
- Cantidad
- Cálculo de coeficientes por categoría
- Datos del entorno inmediato
Informe de Seguridad (IS)
Documento que incluye información suficiente sobre el establecimiento, su entorno, instalaciones y sustancias, con el fin de permitir a la autoridad competente conocer su finalidad, características de ubicación, actividades y peligros intrínsecos, así como los servicios y equipos técnicos para un funcionamiento seguro.
Incluye:
- Información básica para la elaboración de planes de emergencia exterior (IBA)
- Información sobre la política de prevención de accidentes graves (PPAG)
- Sistema de gestión de seguridad (SGS)
- Análisis del riesgo (AR)
- Análisis Cuantitativo del Riesgo (ACR)
Información Básica para la preparación del Plan de Emergencia Exterior (IBA)
Documento que contiene información sobre el entorno, instalaciones, procesos y productos relacionados con la actividad industrial peligrosa del establecimiento. Servirá de base para que la administración competente prepare el Plan de Emergencia Exterior.
Política de prevención de Accidentes Graves (PPAG)
Este documento reflejará los objetivos y principios de actuación generales establecidos por el industrial en relación con el control de los riesgos de los accidentes graves, respecto a los elementos que se contemplan a continuación:
- Organización y personal
- Identificación y evaluación de riesgos de accidentes graves
- Control de la explotación
- Adaptación de las modificaciones
- Planificación ante situaciones de emergencia
- Seguimiento de los objetivos fijados
- Auditoría y revisión
Sistema de Gestión de la Seguridad (SGS)
Es el documento que implanta la política de seguridad. Desarrolla los elementos principales definidos en ella reflejando el compromiso y la cultura de seguridad de la organización, así como los recursos y las responsabilidades directas del personal implicado en materia de seguridad y en la gestión de los riesgos de accidentes graves
Análisis de Riesgos o/y Análisis Cuantitativo del Riesgo (AR/ACR)
En función del nivel en el que se encuentre afectado el establecimiento, se elabora el AR (Análisis del Riesgo), ARM (Análisis de Riesgo Medioambiental) o ACR (Análisis Cuantitativo de Riesgos)
Plan de Autoprotección
Plan de autoprotección de acuerdo con el Real Decreto 393/2007, de 23 de marzo.
Tno. 96 361 03 66
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